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Bienes Culturales Instructivo para importar-exportar

 

Cuando los particulares quieran importar bienes culturales, deberán tener en cuenta que: a) El trámite ante la Aduana se inicia en la División Registro mediante la presentación de la "Solicitud Particular" que, en caso de estar correctamente realizada será autorizará por la mencionada División. b) Luego se procederá a la verificación de la mercadería c) En caso de corresponder, se deberá realizar el pago de tributación aduanera y pago de almacenaje en TCA d) Por último, la División Resguardo dará a la mercadería salida a plaza. Cuando los particulares quieran exportar bienes culturales , deberán realizar un trámite muy similar al de importación, con la diferencia de que la intervención de la División Resguardo se referirá a la puesta a bordo de la mercadería. Importante: En exportación corresponde realizar la presentación previa del Certificado extendido por la Dirección de Artes Visuales de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación. En caso de ser necesario solicitar intervención del Banco Ciudad en la tasación de las piezas a exportar. Si se tratara de bienes arqueológicos, el certificado será emitido por el Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano, de acuerdo a lo previsto en la Ley 25743, Decreto 1022/04 y Resolución 2272/04 de la Secretaría de Cultura. Consultenos: Email: info@gbc.com.ar Te: 5411 43935279 Msn:gbc_sa@hotmail.com