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Resolución General 2914

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General Nº 2914/2010


Buenos Aires, 14 de Septiembre de 2010.


VISTO:


La Actuación SIGEA Nº 13707-56-2010 del Registro de esta Administración Federal, y


CONSIDERANDO:


Que la Resolución General Nº 2730 y su modificatoria dispuso que este Organismo establecerá los valores criterio de importación de carácter precautorio para cualquiera de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), los cuales constituyen una importante herramienta para enfrentar la evasión fiscal y combatir las prácticas de subfacturación en las operaciones de importación.


Que en el marco de las tareas de evaluación de riesgo se ha realizado un estudio referido al valor de la mercadería detallada en el Anexo I de la presente, en el que se han considerado las fuentes de información internas y externas previstas en el Artículo 2º de la citada resolución general.
Que como resultado del mencionado estudio la Dirección de Gestión del Riesgo, mediante el informe elaborado al respecto, aconseja establecer valores criterio para las mercaderías analizadas.


Que dicho informe se sustenta, entre otras fuentes, en las bases de datos provenientes de los registros de destinaciones definitivas de importación para consumo del Sistema Informático MARIA (SIM) y en la información relacionada con las importaciones de la mercadería analizada, recogida de fuentes privadas.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera y de Control Aduanero y la Dirección General de Aduanas.


Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.


Por ello,


EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS


RESUELVE:


Art. 1 - Establécense los valores criterio que constan en los Anexos I “Listado de mercaderías con valor criterio” y II “Países de origen de las mercaderías”, de esta resolución general.
Art. 2 - Déjanse sin efecto los valores criterio de importación indicados en el Anexo III de la presente.
Art. 3 - Apruébanse los Anexos I, II y III que forman parte de la presente.
Art. 4 - Las disposiciones establecidas en los artículos precedentes serán de aplicación para las solicitudes de destinaciones definitivas de importación para consumo que se oficialicen a partir del segundo día hábil administrativo, inclusive, posterior al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 5 - Déjase sin efecto la Resolución General Nº 2782 a partir de la fecha de aplicación de la presente.
Art. 6 - Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. - Ricardo Echegaray.


ANEXO I RESOLUCION GENERAL Nº 2914

LISTADO DE MERCADERIAS CON VALOR CRITERIO


POSICIÓN ARANCELARIA NCM

DESCRIPCIÓN DE LA MERCADERÍA

VALOR FOB U$S

UNIDAD

GRUPOS DE ORIGEN

6401.92.00

Calzado impermeable, que cubre el tobillo sin cubrir la rodilla, de caucho, inferior o igual al número 24 o sus equivalentes.

5,80

Par

GR1, GR8, GR18

6401.92.00

Calzado impermeable, que cubre el tobillo sin cubrir la rodilla, de caucho, superior al número 24 e inferior o igual al 34 o sus equivalentes.

6,00

Par

GR1, GR8, GR18

6401.92.00

Calzado impermeable, que cubre el tobillo sin cubrir la rodilla, de caucho, superior al número 34 e inferior o igual al 40 o sus equivalentes.

6,20

Par

GR1, GR8, GR18

6401.92.00

Calzado impermeable, que cubre el tobillo sin cubrir la rodilla, de caucho, superior al número 40 o sus equivalentes.

6,40

Par

GR1, GR8, GR18

6402.19.00

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico para fútbol, con suela de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar.

8,40

Par

GR1, GR8, GR18

6402.19.00

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico para fútbol, con tapones intercambiables, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, inferior o igual al número 34 o sus equivalentes.

12,25

Par

GR1, GR8, GR18

6402.19.00

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico para fútbol, con tapones intercambiables, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superior al número 34 e inferior o igual al 40 o sus equivalentes.

12,75

Par

GR1, GR8, GR18

6402.19.00

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico para fútbol, con tapones intercambiables, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superior al número 40 o sus equivalentes.

13,25

Par

GR1, GR8, GR18

6402.19.00

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico para fútbol, sin tapones intercambiables, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, inferior o igual al número 34 o sus equivalentes.

10,00

Par

GR1, GR8, GR18

6402.19.00

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico para fútbol, sin tapones intercambiables, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superior al número 34 e inferior o igual a 40 o sus equivalentes.

10,50

Par

GR1, GR8, GR18

6402.19.00

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico para fútbol, sin tapones intercambiables, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superior al número 40 o sus equivalentes.

11,00

Par

GR1, GR8, GR18

6402.20.00

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, de tiras o bridas fijas a la suela por tetones (espigas), inferior o igual al número 24 o sus equivalentes.

1,00

Par

GR1, GR8, GR18

6402.20.00

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, de tiras o bridas fijas a la suela por tetones (espigas), superior al número 24 e inferior o igual al 34 o sus equivalentes.

1,10

Par

GR1, GR8, GR18

6402.20.00

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, de tiras o bridas fijas a la suela por tetones (espigas), superior al número 34 e inferior o igual al 40 o sus equivalentes.

1,50

Par

GR1, GR8, GR18

6402.20.00

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, de tiras o bridas fijas a la suela por tetones (espigas), superior al número 40 e inferior o igual al 45 o sus equivalentes.

1,60

Par

GR1, GR8, GR18

6402.20.00

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, de tiras o bridas fijas a la suela por tetones (espigas), superior al número 45 o sus equivalentes.

2,72

Par

GR1, GR8, GR18

6402.91.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, de caña corta, para tenis, baloncesto, gimnasia y calzados similares, con suela de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, inferior o igual al número 34 o sus equivalentes.

7,50

Par

GR1, GR8, GR18

6402.91.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, de caña corta, para tenis, baloncesto, gimnasia y calzados similares, con suela de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superior al número 34 o sus equivalentes.

8,50

Par

GR1, GR8, GR18

6402.91.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, de caña corta, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, inferior o igual al número 34 o sus equivalentes.

8,50

Par

GR1, GR8, GR18

6402.91.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, de caña corta, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superior al número 34 e inferior o igual al 40 o sus equivalentes.

9,10

Par

GR1, GR8, GR18

6402.91.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, de caña corta, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superior al número 40 o sus equivalentes.

9,50

Par

GR1, GR8, GR18

6402.91.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, de caña corta, distinto de los calzados para tenis, baloncesto, gimnasia y calzados similares, inferior o igual al número 24 o sus equivalentes.

8,00

Par

GR1, GR8, GR18

6402.91.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, de caña corta, distinto de los calzados para tenis, baloncesto, gimnasia y calzados similares, superior al número 24 e inferior o igual al 34 o sus equivalentes.

8,50

Par

GR1, GR8, GR18

6402.91.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, de caña corta, distinto de los calzados para tenis, baloncesto, gimnasia y calzados similares, superior al número 34 e inferior o igual al 40 o sus equivalentes.

9,10

Par

GR1, GR8, GR18

6402.91.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, de caña corta, distinto de los calzados para tenis, baloncesto, gimnasia y calzados similares, superior al número 40 o sus equivalentes.

9,50

Par

GR1, GR8, GR18

6402.91.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, de media caña, inferior o igual al número 24 o sus equivalentes.

11,00

Par

GR1, GR8, GR18

6402.91.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, de media caña, superior al número 24 e inferior o igual al 34 o sus equivalentes

12,00

Par

GR1, GR8, GR18

6402.91.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, de media caña, superior al número 34 e inferior o igual al 40 o sus equivalentes.

12,50

Par

GR1, GR8, GR18

6402.91.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, de media caña, superior al número 40 o sus equivalentes.

12,70

Par

GR1, GR8, GR18

6402.91.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, que cubre hasta la rodilla solamente, inferior o igual al número 24 o sus equivalentes.

12,80

Par

GR1, GR8, GR18

6402.91.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, que cubre hasta la rodilla solamente, superior al número 24 e inferior o igual al 34 o sus equivalentes.

13,00

Par

GR1, GR8, GR18

6402.91.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, que cubre hasta la rodilla solamente, superior al número 34 e inferior o igual al 40 o sus equivalentes.

13,60

Par

GR1, GR4, GR18

6402.91.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, que cubre hasta la rodilla solamente, superior al número 40 o sus equivalentes.

13,80

Par

GR1, GR4, GR18

6402.99.90

Pantuflas, chinelas y sandalias tipo ojotas con la parte superior de caucho o plástico, inferiores o iguales al número 24 o sus equivalentes.

2,50

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Pantuflas, chinelas y sandalias tipo ojotas con la parte superior de caucho o plástico, superiores al número 24 e inferiores o iguales al 34 o sus equivalentes.

3,00

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Pantuflas, chinelas y sandalias tipo ojotas con la parte superior de caucho o plástico, superiores al número 34 e inferiores o iguales al 40 o sus equivalentes.

3,50

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Pantuflas, chinelas y sandalias tipo ojotas con la parte superior de caucho o plástico, superiores al número 40 e inferiores o iguales al 45 o sus equivalentes.

4,00

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Pantuflas, chinelas y sandalias tipo ojotas con la parte superior de caucho o plástico, superiores al número 45 o sus equivalentes.

4,50

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, con suela de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, inferior o igual al número 34 o sus equivalentes.

6,50

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, con suela de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superior al número 34 e inferior o igual al 40 o sus equivalentes.

7,00

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, con suela de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superior al número 40 o sus equivalentes.

7,50

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, inferior o igual al número 34 o sus equivalentes.

10,00

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superior al número 34 e inferior o igual al 40 o sus equivalentes.

10,50

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superior al número 40 o sus equivalentes.

11,00

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Los demás calzados de esta NCM no comprendidos previamente, con taco (tacón) cosido, pegado o clavado, inferiores o iguales al número 24, o sus equivalentes.

5,60

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Los demás calzados de esta NCM no comprendidos previamente, con taco (tacón) cosido, pegado o clavado, superiores al número 24 e inferiores o iguales al 34 o sus equivalentes.

5,80

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Los demás calzados de esta NCM no comprendidos previamente, con taco (tacón) cosido, pegado o clavado, superiores al número 34 e inferiores o iguales al 40 o sus equivalentes.

6,00

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Los demás calzados de esta NCM no comprendidos previamente, con taco (tacón) cosido, pegado o clavado, superiores al número 40 o sus equivalentes.

6,20

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Los demás calzados de esta NCM no comprendidos previamente, con taco (tacón) sin coser, pegar ni clavar, inferiores o iguales al número 24 o sus equivalentes.

4,60

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Los demás calzados de esta NCM no comprendidos previamente, con taco (tacón) sin coser, pegar ni clavar, superiores al número 24 e inferiores o iguales al 34 o sus equivalentes.

4,80

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Los demás calzados de esta NCM no comprendidos previamente, con taco (tacón) sin coser, pegar ni clavar, superiores al número 34 e inferiores o iguales al 40 o sus equivalentes.

5,00

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Los demás calzados de esta NCM no comprendidos previamente, con taco (tacón) sin coser, pegar ni clavar, superiores al número 40 o sus equivalentes.

5,20

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Los demás calzados sin taco (tacón) de esta NCM no comprendidos previamente, de caucho o plástico, que no cubran el tobillo, inferiores o iguales al número 24 o sus equivalentes.

5,75

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Los demás calzados sin taco (tacón) de esta NCM no comprendidos previamente, de caucho o plástico, que no cubran el tobillo, superiores al número 24 e inferiores o iguales al 34 o sus equivalentes.

6,00

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Los demás calzados sin taco (tacón) de esta NCM no comprendidos previamente, de caucho o plástico, que no cubran el tobillo, superiores al número 34 e inferiores o iguales al 40 o sus equivalentes.

6,25

Par

GR1, GR8, GR18

6402.99.90

Los demás calzados sin taco (tacón) de esta NCM no comprendidos previamente, de caucho o plástico, que no cubran el tobillo, superiores al número 40 o sus equivalentes.

6,50

Par

GR1, GR8, GR18

6403.19.00

Calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de cuero natural para fútbol.

9,50

Par

GR1, GR8, GR18

6403.19.00

Calzado con parte superior de cuero natural, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, para fútbol, con tapones intercambiables, inferior o igual al número 34 o sus equivalentes.

13,70

Par

GR1, GR4, GR18

6403.19.00

Calzado con parte superior de cuero natural, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, para fútbol, con tapones intercambiables, superior al número 34 e inferior o igual al 40 o sus equivalentes.

14,20

Par

GR1, GR4, GR18

6403.19.00

Calzado con parte superior de cuero natural, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, para fútbol, con tapones intercambiables, superior al número 40 o sus equivalentes.

14,70

Par

GR1, GR4, GR18

6403.19.00

Calzado con parte superior de cuero natural, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, para fútbol, sin tapones intercambiables, inferior o igual al número 34 o sus equivalentes.

15,68

Par

GR1, GR4, GR18

6403.19.00

Calzado con parte superior de cuero natural, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, para fútbol, sin tapones intercambiables, superior al número 34 e inferior o igual al 40 o sus equivalentes.

16,68

Par

GR1, GR4, GR18

6403.19.00

Calzado con parte superior de cuero natural, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, para fútbol, sin tapones intercambiables, superior al número 40 o sus equivalentes.

17,68

Par

GR1, GR4, GR18

6403.40.00

Calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado, con puntera metálica, de seguridad, con parte superior de cuero vacuno, inferior o igual al número 34 o sus equivalentes.

10,00

Par

GR1, GR8, GR18

6403.40.00

Calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado, con puntera metálica, de seguridad, con parte superior de cuero vacuno, superior al número 34 e inferior o igual al 40 o sus equivalentes.

11,00

Par

GR1, GR8, GR18

6403.40.00

Calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado, con puntera metálica, de seguridad, con parte superior de cuero vacuno, superior al número 40 o sus equivalentes.

12,00

Par

GR1, GR8, GR18

6403.51.90

Calzado con suela de cuero natural que cubre el tobillo, con parte superior de cuero vacuno.

20,00

Par

GR1, GR4, GR18

6403.51.90

Calzado con suela de cuero natural que cubre el tobillo, con parte superior de cuero caprino.

21,00

Par

GR1, GR4, GR18

6403.59.90

Calzado con suela de cuero natural o regenerado, con parte superior de cuero vacuno, distinto de pantuflas, chinelas y sandalias tipo ojotas.

12,00

Par

GR1, GR8, GR18

6403.91.90

Calzado con parte superior de cuero vacuno, para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, que cubran el tobillo, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, inferior o igual al número 34 o sus equivalentes.

10,00

Par

GR1, GR8, GR18

6403.91.90

Calzado con parte superior de cuero vacuno, para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, que cubran el tobillo, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superior al número 34 e inferior o igual al 40 o sus equivalentes.

10,50

Par

GR1, GR8, GR18

6403.91.90

Calzado con parte superior de cuero vacuno, para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento, y calzados similares, que cubran el tobillo, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superior al número 40 o sus equivalentes.

11,00

Par

GR1, GR8, GR18

6403.91.90

Calzado con parte superior de cuero vacuno, que cubre el tobillo, con taco (tacón) incluso moldeado formando una sola pieza con la suela, distinto del calzado para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares.

18,00

Par

GR1, GR4, GR18

6403.91.90

Calzado con parte superior de cuero vacuno, que cubre el tobillo, sin taco (tacón) distinto del calzado para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares.

17,00

Par

GR1, GR4, GR18

6403.99.90

Pantuflas, chinelas y sandalias tipo ojotas con parte superior de cuero vacuno, inferiores o iguales al número 24 o sus equivalentes.

8,15

Par

GR1, GR8, GR18

6403.99.90

Pantuflas, chinelas y sandalias tipo ojotas con parte superior de cuero vacuno, superiores al número 24 e inferiores o iguales al 34 o sus equivalentes.

8,35

Par

GR1, GR8, GR18

6403.99.90

Pantuflas, chinelas y sandalias tipo ojotas con parte superior de cuero vacuno, superiores al número 34 e inferiores o iguales al 40 o sus equivalentes.

8,55

Par

GR1, GR8, GR18

6403.99.90

Pantuflas, chinelas y sandalias tipo ojotas con parte superior de cuero vacuno, superiores al número 40 o sus equivalentes.

8,75

Par

GR1, GR8, GR18

6403.99.90

Calzado con parte superior de cuero vacuno, para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento, y calzados similares, que no cubran el tobillo, con suela de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, inferior o igual al número 34 o sus equivalentes.

10,00

Par

GR1, GR8, GR18

6403.99.90

Calzado con parte superior de cuero vacuno, para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento, y calzados similares, que no cubran el tobillo, con suela de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superior al número 34 e inferior o igual al 40 o sus equivalentes.

10,50

Par

GR1, GR8, GR18

6403.99.90

Calzado con parte superior de cuero vacuno, para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, que no cubran el tobillo, con suela de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superior al número 40 o sus equivalentes.

11,00

Par

GR1, GR8, GR18

6403.99.90

Calzado con parte superior de cuero vacuno, para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, que no cubran el tobillo, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, inferior o igual al número 34 o sus equivalentes.

12,00

Par

GR1, GR8, GR18

6403.99.90

Calzado con parte superior de cuero vacuno, para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, que no cubran el tobillo, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superior al número 34 e inferior o igual al 40 o sus equivalentes.

14,00

Par

GR1, GR4, GR18

6403.99.90

Calzado con parte superior de cuero vacuno, para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, que no cubran el tobillo, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superior al número 40 o sus equivalentes.

15,00

Par

GR1, GR4, GR18

6403.99.90

Calzado para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, que no cubran el tobillo, con parte superior de cuero distinto del porcino o vacuno.

16,00

Par

GR1, GR4, GR18

6403.99.90

Los demás calzados de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de cuero vacuno, con taco (tacón), inferiores o iguales al número 24 o sus equivalentes.

9,10

Par

GR1, GR8, GR18

6403.99.90

Los demás calzados de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de cuero vacuno, con taco (tacón), superiores al número 24 e inferiores o iguales al 34 o sus equivalentes.

9,30

Par

GR1, GR8, GR18

6403.99.90

Los demás calzados de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de cuero vacuno, con taco (tacón), superiores al número 34 e inferiores o iguales al 40 o sus equivalentes.

9,50

Par

GR1, GR8, GR18

6403.99.90

Los demás calzados de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de cuero vacuno, con taco (tacón), superiores al número 40 o sus equivalentes.

10,50

Par

GR1, GR8, GR18

6403.99.90

Los demás calzados sin taco (tacón) de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de cuero vacuno, inferiores o iguales al número 24 o sus equivalentes.

13,50

Par

GR1, GR4, GR18

6403.99.90

Los demás calzados sin taco (tacón) de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de cuero vacuno, superiores al número 24 e inferiores o iguales al 34 o sus equivalentes.

14,00

Par

GR1, GR4, GR18

6403.99.90

Los demás calzados sin taco (tacón) de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de cuero vacuno, superiores al número 34 e inferiores o iguales al 40 o sus equivalentes.

14,60

Par

GR1, GR4, GR18

6403.99.90

Los demás calzados sin taco (tacón) de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de cuero vacuno, superiores al número 40 e inferiores o iguales al 45 o sus equivalentes.

15,00

Par

GR1, GR4, GR18

6403.99.90

Los demás calzados sin taco (tacón) de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de cuero vacuno, superiores al número 45 o sus equivalentes.

15,50

Par

GR1, GR4, GR18

6404.11.00

Calzado con parte superior de material textil para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, con suela de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, inferior o igual al número 34 o sus equivalentes.

7,00

Par

GR1, GR8, GR18

6404.11.00

Calzado con parte superior de material textil para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, con suela de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superiores al número 34 e inferior o igual al 40 o sus equivalentes.

7,50

Par

GR1, GR8, GR18

6404.11.00

Calzado con parte superior de material textil para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, con suela de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superior al número 40 o sus equivalentes.

8,00

Par

GR1, GR8, GR18

6404.11.00

Calzado con parte superior de material textil para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, inferior o igual al número 34 o sus equivalentes.

9,50

Par

GR1, GR8, GR18

6404.11.00

Calzado con parte superior de material textil para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superior al número 34 e inferior o igual al 40 o sus equivalentes.

10,00

Par

GR1, GR8, GR18

6404.11.00

Calzado con parte superior de material textil para tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, con suela distinta de PVC o caucho mezclado sin vulcanizar, superior al número 40 o sus equivalentes.

11,00

Par

GR1, GR8, GR18

6404.19.00

Sandalias tipo ojotas con parte superior de material textil, inferior o igual al número 24 o sus equivalentes.

3,00

Par

GR1, GR8, GR18

6404.19.00

Sandalias tipo ojotas con parte superior de material textil, superior al número 24 e inferior o igual al 34 o sus equivalentes.

3,50

Par

GR1, GR8, GR18

6404.19.00

Sandalias tipo ojotas con parte superior de material textil, superior al número 34 e inferior o igual al 40 o sus equivalentes.

4,00

Par

GR1, GR8, GR18

6404.19.00

Sandalias tipo ojotas con parte superior de material textil, superior al número 40 o sus equivalentes.

4,50

Par

GR1, GR8, GR18

6404.19.00

Los demás calzados de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de material textil, con taco (tacón) cosido, pegado o clavado, inferior o igual al número 24 o sus equivalentes.

6,10

Par

GR1, GR8, GR18

6404.19.00

Los demás calzados de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de material textil, con taco (tacón) cosido, pegado o clavado, superiores al número 24 e inferiores o iguales al 34 o sus equivalentes.

6,30

Par

GR1, GR8, GR18

6404.19.00

Los demás calzados de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de material textil, con taco (tacón) cosido, pegado o clavado, superiores al número 34 e inferiores o iguales al 40 o sus equivalentes.

6,50

Par

GR1, GR8, GR18

6404.19.00

Los demás calzados de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de material textil, con taco (tacón) cosido, pegado o clavado, superiores al número 40 o sus equivalentes.

6,70

Par

GR1, GR8, GR18

6404.19.00

Los demás calzados de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de material textil, con taco (tacón) sin coser, pegar o clavar, inferiores o iguales al número 24 o sus equivalentes.

5,60

Par

GR1, GR8, GR18

6404.19.00

Los demás calzados de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de material textil, con taco (tacón) sin coser, pegar o clavar, superiores al número 24 e inferiores o iguales al 34 o sus equivalentes.

5,80

Par

GR1, GR8, GR18

6404.19.00

Los demás calzados de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de material textil, con taco (tacón) sin coser, pegar o clavar, superiores al número 34 e inferiores o iguales al 40 o sus equivalentes.

6,00

Par

GR1, GR8, GR18

6404.19.00

Los demás calzados de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de material textil, con taco (tacón) sin coser, pegar o clavar, superiores al número 40 o sus equivalentes.

6,20

Par

GR1, GR8, GR18

6404.19.00

Los demás calzados sin taco (tacón) de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de material textil, inferiores o iguales al número 24 o sus equivalentes.

5,50

Par

GR1, GR8, GR18

6404.19.00

Los demás calzados sin taco (tacón) de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de material textil, superiores al 24 e inferiores o iguales al 34 o sus equivalentes.

6,00

Par

GR1, GR8, GR18

6404.19.00

Los demás calzados sin taco (tacón) de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de material textil, superiores al 34 e inferiores o iguales al 40 o sus equivalentes.

6,50

Par

GR1, GR8, GR18

6404.19.00

Los demás calzados sin taco (tacón) de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de material textil, superiores al número 40 e inferiores o iguales al 45 o sus equivalentes.

7,00

Par

GR1, GR8, GR18

6404.19.00

Los demás calzados sin taco (tacón) de esta NCM no comprendidos previamente, con parte superior de material textil, superiores al número 45 o sus equivalentes.

7,50

Par

GR1, GR8, GR18

6404.20.00

Pantuflas y chinelas con suela de cuero natural o regenerado, inferiores o iguales al número 24 o sus equivalentes.

1,70

Par

GR1, GR8, GR18

6404.20.00

Pantuflas y chinelas con suela de cuero natural o regenerado, superiores al número 24 e inferiores o iguales al 34 o sus equivalentes.

1,90

Par

GR1, GR8, GR18

6404.20.00

Pantuflas y chinelas con suela de cuero natural o regenerado, superiores al número 34 e inferiores o iguales al 40 o sus equivalentes.

2,10

Par

GR1, GR8, GR18

6404.20.00

Pantuflas y chinelas con suela de cuero natural o regenerado, superiores al número 40 o sus equivalentes.

2,30

Par

GR1, GR8, GR18

ANEXO II RESOLUCION GENERAL Nº 2914
PAISES DE ORIGEN DE LAS MERCADERIAS

GRUPO 1
203 BRASIL 
205 COLOMBIA 
208 CHILE 
210 ECUADOR 
221 PARAGUAY 
225 URUGUAY
GRUPO 4
308 COREA DEMOCRATICA 
309 COREA REPUBLICANA 
310 CHINA 
312 FILIPINAS 
341 HONG KONG 
315 INDIA 
316 INDONESIA 
326 MALASIA 
332 PAKISTAN 
333 SINGAPUR 
313 TAIWAN 
335 THAILANDIA 
337 VIETNAM
GRUPO 8
308 COREA DEMOCRATICA 
309 COREA REPUBLICANA 
312 FILIPINAS 
341 HONG KONG 
315 INDIA 
316 INDONESIA 
326 MALASIA 
332 PAKISTAN 
333 SINGAPUR 
313 TAIWAN 
335 THAILANDIA 
337 VIETNAM 
GRUPO 18
345 BANGLADESH 
346 BRUNEI 
306 CAMBODYA 
324 LAOS 
304 MYANMAR 
307 SRI LANKA 
ANEXO III RESOLUCION GENERAL Nº 2914

 

BAJAS DE VALORES CRITERIO PARA IMPORTACION


POSICIONES ARANCELARIAS NCM

DESCRIPCIÓN

6401.92.00

Valores criterio establecidos en la Resolución General Nº 2.782 para todas las mercaderías correspondientes a esta Posición Arancelaria NCM

6402.19.00

Valores criterio establecidos en la Resolución General Nº 2.782 para todas las mercaderías correspondientes a esta Posición Arancelaria NCM

6402.20.00

Valores criterio establecidos en la Resolución General Nº 2.782 para todas las mercaderías correspondientes a esta Posición Arancelaria NCM

6402.91.90

Valores criterio establecidos en la Resolución General Nº 2.782 para todas las mercaderías correspondientes a esta Posición Arancelaria NCM

6402.99.90

Valores criterio establecidos en la Resolución General Nº 2.782 para todas las mercaderías correspondientes a esta Posición Arancelaria NCM

6403.19.00

Valores criterio establecidos en la Resolución General Nº 2.782 para todas las mercaderías correspondientes a esta Posición Arancelaria NCM

6403.40.00

Valores criterio establecidos en la Resolución General Nº 2.782 para todas las mercaderías correspondientes a esta Posición Arancelaria NCM

6403.51.90

Valores criterio establecidos en la Resolución General Nº 2.782 para todas las mercaderías correspondientes a esta Posición Arancelaria NCM

6403.59.90

Valores criterio establecidos en la Resolución General Nº 2.782 para todas las mercaderías correspondientes a esta Posición Arancelaria NCM

6403.91.90

Valores criterio establecidos en la Resolución General Nº 2.782 para todas las mercaderías correspondientes a esta Posición Arancelaria NCM

6403.99.90

Valores criterio establecidos en la Resolución General Nº 2.782 para todas las mercaderías correspondientes a esta Posición Arancelaria NCM

6404.11.00

Valores criterio establecidos en la Resolución General Nº 2.782 para todas las mercaderías correspondientes a esta Posición Arancelaria NCM

6404.19.00

Valores criterio establecidos en la Resolución General Nº 2.782 para todas las mercaderías correspondientes a esta Posición Arancelaria NCM

6404.20.00

Valores criterio establecidos en la Resolución General Nº 2.782 para todas las mercaderías correspondientes a esta Posición Arancelaria NCM

 

 

 

 

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